En lo que respecta al punto 3.2 de las Bases que rigen el procedimiento mencionado, en su apartado a), donde dice: «El candidato deberá estar en desempleo y estar inscrito como demandante en el Servicio Cántabro de Empleo (se requiere acreditación de la oficina de empleo)», se obvia Servicio Cántabro de Empleo, pudiendo por tanto solicitar su participación en el proceso, cualquier candidato/a que esté en situación de desempleo independientemente del servicio en donde esté inscrito/a, debiendo presentar la correspondiente acreditación.
En Santander a 9 de noviembre de 2021.