Ante las dudas suscitadas en lo que respecta al punto 3.2 apartado a) de las bases que rigen el procedimiento: » El candidato/a deberá estar en desempleo…», se aclara que el candidato/a deberá encontrarse en situación de desempleo justo en el momento de la firma del contrato, no necesariamente durante el proceso de selección.
En Santander a 16 de noviembre de 2021.